A través del auto 002 del 08 de octubre de 2021, la Contraloría municipal de Valledupar inicio proceso administrativo sancionatorio fiscal y formulación de cargos en contra del alcalde Mello Castro Gonzales.
Este proceso podría dejar al mandatario de los vallenatos separado del cargo hasta por 180 días, el Alcalde tendrá un termino de cinco (5) días contados a partir de la notificación que fue realizada el día de hoy 11 de octubre de 2021 a través de correo electrónico, para presentar los descargos y solicitar o aportar las pruebas que pretenda valer dentro del proceso.
Para el ente de control, el Alcalde no cumplió con el plan de mejoramiento suscrito para la vigencia 2019 con el cual se buscaba subsanar deficiencias en las finanzas del municipio, pero la acciones no fueron acertadas y efectivas y la entidad no logró poner fin a las situaciones riesgosas que aún seguían generando afectaciones a los procesos y daño al patrimonio del municipio.
Posteriormente para la vigencia 2020, la Contraloría inicio una auditoria modalidad especial de los estados contables de la vigencia 2019, y el municipio suscribe nuevamente un plan de mejoramiento en la vigencia 2020, con el fin de subsanar tres hallazgos, pero se encontró que el Hallazgo No. (2), era idéntico al hallazgo número (1), de
la Primera auditoria, considerándose esto, una Depreciación Acumulada registrada en forma Global.
En la vigencia fiscal 2021, se programó una tercera auditoria denomina Financiera y de Gestión, pero no se lograron subsanar de manera definitiva los hallazgos registrados en las auditorias realizadas de la vigencia 2018 y 2019.
Estos son los hallazgos que hoy tienen al Alcalde cercano a la separación del cargo.
El Hallazgo 1, por la depreciación acumulada registrada en Forma Global, se vinculó en la Auditoria de las vigencias 2018,2019 y 2020 y el Municipio no ha logrado subsanar tal deficiencia. Incumpliendo así con los Planes de Mejoramiento y con la Normatividad vigente dispuesta por las propias políticas contables del Municipio de Valledupar, y por la Contaduría General de la Nación.
Hallazgo 2, se refiera a que hay deficiencias en el inventario de los bienes de la propiedad, planta y equipo; deficiencias que a corte 31 de diciembre de 2020 se mantienen.
Hallazgo número 4, hace referencia a las deficiencias de la Entidad en lo referente al sistema de control interno contable, deficiencias que a 31 de diciembre de 2020 continúan.
Hallazgo 5 hace referencia a que el Municipio de Valledupar, no dio cumplimiento a la Ley que obliga realizar la depuración de la información contable es de anotar que a corte 31 de diciembre de 2020, continúan cuentas de tipo contable, como es el caso inventarios de bienes muebles, la deprecación de los mismos sin depurar.
Hallazgo 9, es referente a la no actualización de la inversión que el Municipio de Valledupar, tiene en la empres COOLESAR; a corte 31 de diciembre de 2020, continua la deficiencia en razón a que en la Contabilidad no
se ha actualizado la inversión en comento. Todas estas debilidades en la Contabilidad obligan al Municipio de Valledupar a la firma de respectivos planes de mejoramiento. Con este comportamiento de la Directiva del Municipio de no implementar las Acciones correctivas en la contabilidad, ocasiona desgaste del Equipo Auditor, en razón a que se tiene que avaluar en forma permanente estas Acciones, pudiéndose ocupar la labor de Auditoria a otras actividades propias del órgano de Control. Por lo que es de vital importancia que la Entidad cumpla en forma cabal y plena con los Planes de Mejoramiento suscritos con el Órgano de Control.
Auto de notificación.