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“Estado espía” La modificación en el PND que tiene a más de uno asustado

by | Abr 10, 2023 | Colombia | 0 comments

La implementación de un programa de seguridad informática para prevenir ciberataques es una medida importante para cualquier gobierno en la actualidad, dado el creciente riesgo y frecuencia de este tipo de amenazas. El año pasado (2022) Colombia registró más de 54.000 denuncias por delitos cibernéticos, superando ampliamente la cifra de 2021, cuando se documentaron 11.223. Los casos más comunes son a través de computadoras, tablets y teléfonos celulares.

Frente al caso en la mañana de este 10 de abril el Presidente de los colombianos, Gustavo Petro, lanzó en su twitter como de costumbre un mensaje a la oposición en donde los señala de “Ladrones juzgando por su condición” y cita la publicación del diario EL TIEMPO.

“He propuesto la creación de una agencia para la seguridad informática de las instituciones y de la ciudadanía ante ataques informáticos. Algunos miembros de la oposición creen que eso sirve para chuzar comunicaciones. El ladrón juzga por su condición”

 

 

Usted querido lector se preguntará ¿Bueno pero Petro por qué sale con esos disparates? La razón es muy fácil de llevar a contexto, el exministro de las tics de Juan Manuel Santos y hoy Senador por el partido Cambio Radical David Luna Sánchez uno de los más serios críticos del gobierno “DEL CAMBIO” alertó el 2 de abril en un hilo en la red social twitter sobre un posible “MICO” incluido dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND) afirmando que…

 

“Viola gravemente la privacidad de los colombianos”

 

 

Esto tardó casi ocho días en hacer eco y llegar a los ojos del ex candidato presidencial Enrique Gómez Martínez y la influenciadora Doña Pily que pegaron el grito en el cielo señalando que…

“Plataformas como WhatsApp, Telegram o Signal tendrán que entregar al desgobierno dePetro toda la información de sus usuarios”

 

 

Ahora, los conocedores del tema que están apartados del debate político y fanático en que nos tienen sumidos hace varios años y por el contrario se van a debate legal hablan sobre el la interpretación del artículo que referencia el Senador Luna, algunos dicen que se cae en la Corte Constitucional, otros dicen que debe ser retirado, mientras que unos dicen que no se entromete en las plataformas de las redes sociales y servicios de mensajería como Whatsapp, Telegram, Facebook o Twitter un mismo apartado del artículo señala que:

“Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones, incluidos los de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora, así como a los proveedores que ofrezcan servicios a través de Internet, accesibles desde el territorio colombiano, de video bajo demanda, de intercambio de videos generados por usuarios provistos a través de plataformas, y de servicios de intercambio interpersonal, directo e interactivo de voz, video o mensajería en línea”

Descargue aquí las modificaciones propuestas a la ley 1978 DE 2019.

https://capacitacion.aciem.com.co/Especiales_Otros/2023/Feb_14/Telecomunicaciones- TIC-01.pdf

Modificando el texto original creado en el 2019 que expresa…

“Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones, de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora. Aquellos que no proporcionen la información que mediante requerimientos específicos efectúa la CRC, o que la misma no cumpla con las condiciones de calidad definidas por la CRC, podrán ser sujetos de imposición de multas diarias por parte de la CRC hasta por 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de la ocurrencia de los hechos, por cada día en que incurran en esta conducta, según la gravedad de la falta y la reincidencia en su comisión”

Descargue aquí la ley 1978 DE 2019.

https://normograma.mintic.gov.co/mintic/docs/ley_1978_2019.htm

 

Es decir: Le están poniendo las mismas condiciones que han tenido durante varios años los señores de la televisión, radio y servicios de comunicaciones a los servicios prestados a través del internet.

En definitiva, a buenos entendedores “pocas palabras”, el articulado es claro, esperemos a ver cómo le va al gobierno nacional tratando de explicar en los debates el alcance de ese modificatorio al artículo 119 de la LEY 1978 DE 2019, aun así en cuanto a la situación específica en Colombia y la posible implementación de un programa de este tipo por parte del presidente Gustavo Petro, es importante señalar que el programa de gobierno del Pacto Histórico, planteaba la necesidad de reformas profundas en áreas como la seguridad nacional y el funcionamiento de las Fuerzas Armadas. Si bien esto no se refiere específicamente a la seguridad informática, puede ser un indicativo del interés del gobierno entrante en mejorar la ciber seguridad del país.

 

por: Jairo Jiménez Fadul.

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