Régimen que iniciará a partir del 1 de enero de 2026
La Corte Constitucional dio a conocer este martes, la decisión de la Sala Plena sobre declarar inconstitucional la norma que exige a las mujeres 1.300 semanas cotizadas como requisito para poder pensionarse por vejez.
A su vez, y teniendo en cuenta el principio de sostenibilidad financiera se determinó un lapso de tiempo para que el Congreso, en coordinación con el Gobierno Nacional, adopte que un régimen que garantice condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.
Según el comunicado oficial, se estableció que a partir del 1 de enero de 2026 se aplicarán los efectos de la decisión y si el legislativo no adopta dicho régimen se disminuirán gradualmente las semanas de cotización, hasta llegar a 1000.
Esta iniciativa se da, luego de estudiar una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003. Según el demandante, la norma desconocía el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez.
Por tal motivo, la jurisprudencia tuvo en cuenta las inequidades que padecen las mujeres en materia de protección social y en el aseguramiento en la vejez, además de analizar las medidas adoptadas en el ámbito nacional e internacional para superar la brecha entre mujeres y hombres en dicho escenario.
Una de las consideraciones presentes es “la diferencia en la edad pensional, que ha sido el esquema tradicionalmente usado por el régimen jurídico en el país, hoy en día resulta insuficiente de cara a profundizar la aplicación del mandato constitucional por superar la discriminación por razones del género e, inclusive, se desactiva al exigírsele a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo“.
El alto tribunal concluyó que la norma demandada, aunque se aprecia neutral, resulta inconstitucional, por cuanto genera una situación jurídica de discriminación indirecta para las mujeres que debe superarse, debido a que no consideran las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor.
Como resultado, se estableció que los efectos de la decisión se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026, por cuanto si para esa fecha no se ha adoptado dicho régimen, se dispuso por la Corte que el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas por el año 2026 y, a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 semanas.
Es importante resaltar que esta determinación fue tomada ante la evidencia de barreras y obstáculos para que las mujeres accedan y se mantengan en el mercado laboral y puedan garantizar su derecho pensional, así como las condiciones de inequidad que experimentan las mujeres en la economía del cuidado, la informalidad, la vulnerabilidad y la exclusión.
*Para mayor información:*
Por. Karolaine Luckert Luquez
Periodista