En el municipio de Pueblo Bello, Cesar, se realizarían elecciones atípicas después de que el Tribunal Administrativo del Cesar declarara la nulidad del acto administrativo que había confirmado la elección de Alfredo Bohórquez Gallardo como alcalde. También se ordenó la cancelación de su credencial como alcalde.
La noticia fue difundida por el periodista Alex Guillermo Acuña Reales, director de Noticias 860, a través de su cuenta en la red social X (anteriormente conocida como Twitter).
Atención noticia en desarrollo. Según un documento que conoció este periodista, le decretaron la nulidad de su credencial al alcalde de Pueblo Bello, Alfredo Bohorquez Gallardo. La demanda de nulidad fue interpuesta por doble militancia. pic.twitter.com/9P4PWCLgJW
— Alex Acuña Reales (@AlexAcunaReales) August 5, 2024
Esta fallo del tribunal se fundamenta en que Alfredo Bohórquez Gallardo, incurrió en doble militancia, porque siendo candidato apoyó a una candidata del partido Cambio Radical, también señala la determinación que Bohórquez se afilió al partido Conservador sin haber renunciado previamente a su militancia en el Polo Democrático Alternativo.
El abogado Jorge Emiro Landazabal Sequeda fue quien lideró el proceso de nulidad electoral contra Bohórquez Gallardo, resaltando las inconsistencias en su afiliación política y su apoyo a candidatos de otros partidos.
Para entender mejor el proceso, dialogamos con el abogado Luis Fernando Padilla, quien explicó que el artículo 151 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece en su numeral cuarto que los actos de nulidad electoral contra autoridades de municipios con menos de 70,000 habitantes serán procesos de única instancia. Además, el acto legislativo 02 del 2002 dispone que, cuando falten más de 18 meses para concluir el periodo constitucional, es obligatorio convocar a elecciones atípicas. En este caso, faltando más de 18 meses para el final del periodo 2024-2027, se confirmaría la necesidad de llevar a cabo dichas elecciones.