Desde las nueve de la mañana de este miércoles inicio la audiencia de formulación de cargos al excomandante de Ejército Nacional, general (r) Mario Montoya por presunta responsabilidad en 104 casos de falsos positivos.
El ente investigador le formulara cargos por ordenar a sus subordinados reportar un determinado número de bajas en combate, a cambio de permisos y condecoraciones entre el año 2007 a 2008.
Ahora se abre una fuerte controversia jurídica en el caso del General, sobre quien debe investigar los falsos positivos, si la justicia ordinaria o la Justicia Especial Para la Paz (JEP) por tal razón, el medio radial Mañanas BLU, consulto al abogado penalista Jesus López González.
“La (JEP) tiene total competencia para resolver la situación jurídica del general Montoya, bajo ciertos argumentos básicos, como la ley estatutaria”, explico el Abogado. Y es que, según López, la ley estatutaria de la JEP regula tanto el procedimiento como el funcionamiento. Además, establece la competencia prevalente de la JEP sobre otras jurisdicciones, como la ordinaria, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos.
Por un lado la Fiscalía señala que “El único criterio de evaluación fue el total de muertes en combate reportadas como resultados operacionales”
Mientras que el abogado señalo que , pese a que la Fiscalía formalizo la imputación de cargos contra el general Montoya, una circular expedida por este ente acusado no puede derogar sentencias de constitucionalidad y muchísimo menos violar el artículo 29 de la constitución.
“Una persona no puede ser juzgada dos veces , por dos jurisdicciones diferente, por unos mismos hechos” , añadió el abogado López.
Por. María Antonia Zabaleta – Periodistas.